Articulo 3 Gobierno de Ar... de Aragon

Articulo 3 Gobierno de Aragon, por el que se regula la autorizacion de Publicidad Sanitaria de la Comunidad Autonoma de Aragon

Ver Indice
»

Artículo 3. -Ambito de aplicación

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Publicidad Sanitaria que se realice en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón por los centros, servicios y establecimientos definidas en el artículo 1, quedará sujeta a la autorización administrativa, control y vigilancia, de laDiputación General de Aragón.

2. No será de aplicación este Decreto a las Oficinas de Farmacia y los Botiquines Farmacéuticos en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón.