Articulo 3 Impuesto sobre...de Navarra

Articulo 3 Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito de Navarra

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Artículo 3. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible el mantenimiento de fondos de terceros, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, por los contribuyentes señalados en el artículo 6 de esta ley foral y que comporte la obligación de restitución.