Articulo 3 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados de Gipuzkoa
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A un solo negocio jurídico no puede exigirse más que el pago de un solo derecho, pero cuando un mismo documento o contrato comprenda varios de ellos sujetos al Impuesto separadamente, se exigirá el derecho señalado a cada uno de aquéllos, salvo en los casos en que se determine otra cosa.
