Articulo 3 Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica del THB
- Norma Foral con efectos a partir del día 1 de enero de 2013.
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»Artículo 3.-Exacción del Impuesto
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La exacción del Impuesto corresponderá a la Diputación Foral de Bizkaia cuando las instalaciones de producción de energía eléctrica radiquen en el Territorio Histórico de Bizkaia.
