Articulo 3 Instituto de S...el Trabajo

Articulo 3 Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Artículo 3. Principios de organización y funcionamiento.

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El Instituto Cántabro ajustará su actuación a los principios de organización y funcionamiento establecidos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En particular, se acomodará a los siguiente principios:

a) Acceso universal

b) Racionalización y eficacia en los procedimientos

c) Planificación y coordinación administrativa

d) Eficiencia en la gestión de los recursos

e) Transparencia y publicidad en la actuación administrativa.

f) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación

g) Colaboración y coordinación con la Dirección General competente en materia de trabajo, al objeto de gestionar de manera integrada la política de prevención de riesgos laborales.

h) Colaboración y coordinación con las distintas Administraciones Públicas.