Articulo 3 Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 3. Principios de organización y funcionamiento.
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Copiloto jurídico
El Instituto Cántabro ajustará su actuación a los principios de organización y funcionamiento establecidos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En particular, se acomodará a los siguiente principios:
a) Acceso universal
b) Racionalización y eficacia en los procedimientos
c) Planificación y coordinación administrativa
d) Eficiencia en la gestión de los recursos
e) Transparencia y publicidad en la actuación administrativa.
f) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación
g) Colaboración y coordinación con la Dirección General competente en materia de trabajo, al objeto de gestionar de manera integrada la política de prevención de riesgos laborales.
h) Colaboración y coordinación con las distintas Administraciones Públicas.
