Artículo 3. LEY 6/2026, de 24 de julio, C.A. Canarias, ordenación del servicio público de comunicación audiovisual
Artículo 3. - Misión del servicio público de comunicación audiovisual de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El servicio público de comunicación audiovisual regulado en la presente ley, en el marco del respeto de los principios generales de la comunicación audiovisual establecidos por la Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Canarias y la legislación básica estatal, tiene por misión:
a) El respeto, la difusión y la defensa de los principios, derechos y libertades que forman parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución española y el Estatuto de Autonomía de Canarias, así como del marco de convivencia que estas normas garantizan.
b) El fomento de la cohesión social, económica y territorial del archipiélago, así como la difusión de la identidad cultural, el patrimonio histórico y natural, y la diversidad social de la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) La promoción de la identidad, valores e intereses del pueblo canario, particularmente de su acervo histórico y económico, así como de la cultura popular canaria y de sus actuales expresiones culturales sociales y de todas las políticas, especialmente las relacionadas con su régimen económico y fiscal propio que tratan de compensar su lejanía e insularidad, contribuyendo a la cohesión social y territorial, y a la diversidad cultural del archipiélago.
d) Atender a la sociedad asegurando la máxima continuidad y cobertura geográfica y social con el compromiso de ofrecer calidad, diversidad, innovación y exigencia ética en los contenidos, ofreciendo acceso a los distintos géneros de programación y a los acontecimientos institucionales, sociales, culturales y deportivos dirigidos a todos los sectores de la audiencia, prestando especial atención a los derivados del apartado anterior.
e) Promover y garantizar la participación democrática mediante el ejercicio del derecho de acceso a los medios.
f) Editar y difundir programaciones y canales radiofónicos y de televisión de cobertura nacional e internacional que coadyuven a la proyección hacia el exterior de la capacidad innovadora, profesional y cultural de Canarias, además de propiciar la adecuada atención a los ciudadanos canarios residentes o desplazados en el extranjero.
g) Apoyar la integración social de las minorías desde el respeto a su diversidad y atender a grupos sociales con necesidades específicas.
h) Garantizar la información objetiva, veraz e imparcial que se deberá ajustar plenamente al criterio de independencia profesional y al pluralismo político, social, ideológico y territorial presente en la sociedad canaria.
i) Combatir la desinformación y la manipulación de la información.
j) Facilitar el debate democrático y la libre expresión de opiniones.
k) Garantizar la separación perceptible entre informaciones y opiniones, la identificación de quienes sustentan estas últimas y su libre expresión, en ambos casos dentro de los límites que establece el artículo 20.4 de la Constitución.
l) Fomentar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, promoviendo contenidos que propicien valores o comportamientos igualitarios en materia de género.
m) Fomentar la no discriminación de personas LGTBIQ+.
n) Preservar los derechos de los menores.
ñ) Contribuir a la difusión de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030.
o) Promover el conocimiento de las artes, la ciencia, la historia, la cultura y la educación, así como fomentar el conocimiento del patrimonio cultural de cada una de las islas que forman Canarias.
p) Difundir el conocimiento de los derechos de las personas consumidoras y usuarias, así como desarrollar procedimientos que garanticen el derecho de réplica.
q) Fomentar la producción de contenidos audiovisuales, la creación digital y multimedia y la difusión y conocimiento de los contenidos audiovisuales producidos en Canarias, como contribución al desarrollo de la industria cultural canaria.
Asimismo, las entidades prestadoras impulsarán la producción propia y la coproducción de contenidos audiovisuales en el marco de la prestación de servicio público de comunicación audiovisual.
r) Garantizar la conservación y acceso de los archivos históricos audiovisuales.
s) Impulsar el intercambio de la información y el conocimiento mutuo entre los ciudadanos del resto del Estado español, de los Estados miembros de la Unión Europea, del continente africano y de los Estados americanos hispanohablantes con especial vinculación histórica con Canarias.
t) Fomentar la libertad y pluralismo de los medios de comunicación, el apoyo a la transformación, innovación y competitividad del sector de los medios de comunicación y la participación ciudadana en la esfera pública.
u) La promoción del conocimiento, la salvaguarda y el respeto de los valores ecológicos, paisajísticos y de protección del medio ambiente.
v) Promover los valores históricos, culturales, educativos y lingüísticos del pueblo canario en toda su riqueza y variedad.
w) Promover el reconocimiento y el uso de la modalidad lingüística del español hablado en Canarias.
x) Generar un espacio cultural y comunicativo canario.
y) Favorecer la comunicación cercana y de interés ciudadano.
z) Promover la alfabetización mediática de la ciudadanía.
a bis) Potenciar la integración y los mecanismos de comunicación con colectivos afectados por disfunciones psíquicas, físicas o sensoriales evitando toda discriminación por causa de discapacidad.
b bis) Contribuir al desarrollo de la Sociedad de la Información mediante la participación y fomento en el progreso tecnológico y el desarrollo de nuevos servicios conexos o interactivos susceptibles de enriquecer o completar su oferta de programación, y de acercar las diferentes Administraciones públicas a todas las islas y a su ciudadanía.
c bis) Fomentar la no discriminación de las personas migrantes.
d bis) Contribuir en la formación de profesionales del sector audiovisual.
e bis) Respetar la dignidad humana y los valores constitucionales, promoviendo una comunicación inclusiva y una visión de la diversidad social de Canarias.
f bis) Promover el pluralismo ideológico y la diversidad cultural de Canarias.
g bis) Fomentar el bienestar emocional y la especial protección y visibilización de la salud mental a lo largo de todo el ciclo vital.

