Articulo 3 Ley de Arrendamientos rústicos
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»Artículo 3. Derechos de producción agrícolas y otros derechos.
Vigente
Los derechos de producción agrícolas y otros derechos inherentes a las fincas o las explotaciones integrarán el contenido del contrato, tanto en los arrendamientos de fincas como en los de explotaciones.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 26/2005, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rusticos
(BOE de 01-12-2005) en vigor desde 31-12-2005