Articulo 3 LEYFORAL19/2008,de20denoviembre,porlaqueseestablecelacuantiayformuladerepartodelFondodeParticipaciondelasHaciendasLocalesenlosTributosdeNavarraparalosejerciciospresupuestariosde2009a2012.
Artículo 3. Consignación presupuestaria.
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1. En cada uno de los Presupuestos Generales de Navarra correspondientes a los ejercicios de 2009, 2010, 2011 y 2012 figurará la consignación del Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de la Hacienda Pública de Navarra, que se distribuirá en los epígrafes señalados en el artículo anterior.
2. La cantidad consignada en el Fondo para los años 2010, 2011 y 2012, con destino a transferencias corrientes y a otras ayudas, se obtendrá incrementando la del ejercicio anterior en el aumento porcentual del índice de precios al consumo de la Comunidad Foral de Navarra considerado de junio a junio, para cada uno de dichos años, aumentado en dos puntos.
En el caso de que el porcentaje de incremento a aplicar sea negativo, la cuantía asignada será, como mínimo, la correspondiente al ejercicio presupuestario anterior.
3. La cuantía del Fondo destinada a transferencias de capital será de 57.602.474 euros para el año 2010, 59.042.536 euros para el año 2011 y 60.518.599 euros para el año 2012, que se distribuirán conforme a lo dispuesto en el artículo 13.
- Artículo modificado (Artículos 3 (apdo. 2 segundo párrafo)) por LEY FORAL 16/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de Navarra para el año 2010.
(NA de 29-12-2009) en vigor desde 01-01-2010

