Articulo 3 Mediación de Com. Valenciana
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»Artículo 3. Objeto de mediación
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Podrán ser objeto de mediación los siguientes conflictos:
a) Aquellos que versen sobre materias de libre disposición.
b) Los relativos a materias sobre las que las personas acogidas a mediación puedan alcanzar acuerdos en virtud de la legislación que sea de aplicación, cuando la normativa estatal lo permita.
