Articulo 3 Medidas administrativas y de organizacion
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»Artículo 3. Modificación de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de Regulación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamentos de Cataluña.
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1. (Derogado)
2. Se añade una disposición adicional séptima a la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de Regulación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamentos de Cataluña, con el siguiente contenido:
«La jubilación forzosa del personal del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad se produce de oficio al cumplir los sesenta y cinco años.»
Modificaciones
- Artículo modificado (3 (apdo. 1, se deroga)) por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(GC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017
