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Articulo 3 Medidas administrativas y de organizacion

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Artículo 3. Modificación de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de Regulación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamentos de Cataluña.

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1. (Derogado)

2. Se añade una disposición adicional séptima a la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de Regulación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamentos de Cataluña, con el siguiente contenido:

«La jubilación forzosa del personal del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad se produce de oficio al cumplir los sesenta y cinco años.»