Articulo 3 Medidas estacionales 2017 en materia de prevención de incendios forestales
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Disponer que durante los meses de julio, agosto y septiembre no se haga público el Índice de Riesgo de Incendio Forestal (IRIF) salvo que éste alcance los valores 4 o 5, en cuyo caso, será difundido a los medios de comunicación tal y como se realiza el resto del año.
