Artículo 3 medidas fiscales y administrativas 2024 Galicia
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»Artículo 3. Reducciones de carácter subjetivo
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Se modifica el artículo 6 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio, de la siguiente manera:
Se modifica la letra c) del apartado dos del artículo 6, que pasa a tener la siguiente redacción:
«c) Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercero grado y ascendientes y descendientes por afinidad: 25.000 euros».
