Articulo 3 Medidas para la protección de la lagartija pitiusa (Podarcis pityusensis) y la lagartija balear (Podarcis lilfordi) y para la prevención y lucha contra las especies de la familia Colubridae sensu lato
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»Artículo 3. Catalogación de especies
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1. Se incluyen las especies Podarcis pityusensis (lagartija pitiusa) y Podarcis lilfordi (lagartija balear) en el Catálogo Balear de Especies Amenazadas y de Especial Protección, en la clasificación de Vulnerable .
2. Los efectos de esta inclusión son los previstos en el Decreto 75/2005, de 8 de julio, por el que se crea el Catálogo Balear de Especies Amenazadas y de Especial Protección, las Áreas Biológicas Críticas y el Consejo Asesor de Fauna y Flora de las Islas Baleares y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad.
