Articulo 3 Medidas de refuerzo de protección de consumidores de energía y de con...nsumo de gas natural
Articulo 3 Medidas de ref...as natural

Articulo 3 Medidas de refuerzo de protección de consumidores de energía y de contribución a reducción del consumo de gas natural

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 3. Incremento de la cuantía de la ayuda mínima por beneficiario del bono social térmico.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el apartado 3 del anexo I por el que se establece la metodología para el cálculo de la cuantía de la ayuda del Bono Social Térmico del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que pasa a tener la siguiente redacción:

«3. La ayuda mínima por beneficiario, para el caso de que exista disponibilidad presupuestaria, será de 40 euros.

La ayuda para un consumidor vulnerable en la zona climática «i» se calculará conforme a la siguiente fórmula:

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

Donde:

i = zona climática comprendida entre los valores ± y E.

SCIi = valor medio del rango de SCI para la zona climática i .

En el caso de la zona ± , se utilizará una SCI=0.

En el caso de la zona E, se utilizará una SCI=1,51.

SCIA = valor medio del rango de SCI para la zona climática A.

± = coeficiente a calcular en función de la disponibilidad presupuestaria anual, siendo siempre a > 0.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-10-2022 en vigor desde 20-10-2022