Articulo 3 Medidas relativas al personal al servicio de las Administraciones Publicas de Navarra
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»Artículo 3.
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La letra c del apartado 1 del artículo 26 queda redactada de la siguiente forma:
Por interés particular del funcionario, con reserva de la plaza de origen durante los primeros dieciocho meses, siempre que lo permitan las necesidades del servicio y que el interesado acredite haber permanecido en servicio activo o situación asimilada, como mínimo, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
