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Articulo 3 Medidas tributarias relativas a la protección de deudores hipotecarios sin recursos

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Artículo 3. Expedición de certificados.

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En el ámbito de las competencias que le correspondan a la Comunidad Foral de Navarra en el marco del Convenio Económico suscrito con el Estado, la Hacienda Tributaria de Navarra expedirá el certificado correspondiente al trabajador por cuenta propia sin rentas, así como el certificado de rentas con relación al último ejercicio tributario, todo ello al objeto de que el deudor pueda acreditar ante la entidad acreedora la concurrencia de las circunstancias del umbral de exclusión a que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.