Artículo 3 Medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción tras los daños producidos por la DANA
- Norma expresamente derogada, con efectos de 30 de diciembre de 2025, por el Decreto-ley 14/2025, de 26 de diciembre. El presente Decreto-ley se entiende tácitamente sustituido por la Ley 2/2025, de 15 de abril, que entró en vigor el 16 de abril de 2025. - DECRETO LEY 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.
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»Artículo 3. Modificaciones de planeamiento municipal en suelos en situación básica urbanizado
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1. En los municipios afectados por la DANA, las modificaciones del planeamiento urbanístico municipal en suelo en situación básica urbanizado dirigidas a facilitar las tareas de reconstrucción tendrán, en todo caso, la consideración de modificaciones de la ordenación pormenorizada. En este sentido, el órgano ambiental y el órgano sustantivo de estas modificaciones será el ayuntamiento.
2. Los plazos de tramitación de estas modificaciones se reducirán a la mitad, su tramitación será preferente y la documentación exigible será la estrictamente necesaria para alcanzar sus fines.
