Articulo 3 Medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil
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»Artículo 3. Adhesión de los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil, que no sean de titularidad de la Junta de Andalucía, al Programa de ayuda.
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Se aprueba el procedimiento de adhesión al Programa de ayuda de los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil, que no sean de titularidad de la Junta de Andalucía, autorizados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo recogido en el Anexo II.
Modificaciones
- Modificación realizada (3 (se corrige)) por Corrección de errores del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
(JA de 12-04-2017) en vigor desde 30-03-2017
