Articulo 3 Modelo 030 Comunicación de cambio de domicilio o de variación de datos personales o familiares
- Con efectos a partir de 1 de enero de 2023 se elimina la referencia al Registro fiscal de parejas estables del título de la presente norma. - LEY FORAL 19/2021, de 29 de diciembre, de modificacion de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
Artículo 3. Cumplimentación del modelo 030.
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1. La cumplimentación de la comunicación ajustada al modelo 030 se efectuará, con carácter general, de forma individual por cada contribuyente que desee comunicar el cambio de domicilio o la variación de sus datos personales o familiares.
2. No obstante, cuando se comunique el cambio de estado civil por haber contraído matrimonio, así como el cambio de domicilio fiscal o del domicilio a efectos de notificaciones y los citados domicilios sean los mismos para los dos cónyuges o miembros de una pareja estable o se solicite la cancelación de la inscripción en el Registro fiscal de parejas estables, el modelo podrá ser cumplimentado y firmado por ambos. (NOTA: Inciso destacado derogado con efectos a partir de 1 de enero de 2023)
3. Cuando se solicite la inscripción en el Registro de parejas estables de la Comunidad Foral del Navarra el modelo deberá ser cumplimentado y firmado por ambos miembros si se presenta en formato papel, e individualmente por cada uno de los miembros de la pareja estable, si la presentación es telemática. (NOTA: Párrafo derogado con efectos a partir de 1 de enero de 2023)
- Artículo modificado (3 (inciso destacado del apdo. 2 y apdo. 3, se derogan)) por LEY FORAL 19/2021, de 29 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 31-12-2021) en vigor desde 01-01-2022
