Articulo 3 Modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica
- Las modificaciones realizadas a esta norma por la Orden Foral 87/2024, de 17 de septiembre, serán aplicables, por primera vez, a la declaración correspondiente al ejercicio 2024, que se presentará en el mes de febrero de 2025.
Artículo 3. Objeto y contenido de la información.
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Los obligados a presentar el modelo 159, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, deberán hacer constar, por cada contrato de suministro y de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Anexo de esta Orden Foral, los siguientes datos:
a) Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de los contratantes, y, en su caso, de aquellos a cuyo cargo proceda efectuar el cobro de las correspondientes facturas.
b) Referencia catastral del inmueble y su localización.
c) Potencia nominal contratada y consumo anual en Kilovatios.
d) Ubicación del punto de suministro.
e) Fecha de alta del suministro.
f) Indicación de si el titular es beneficiario del bono social de electricidad o si está acogido a alguna modalidad de autoconsumo de energía eléctrica.
- Modificación realizada (3 (letra f), se añade)) por ORDEN FORAL 87/2024, de 17 de septiembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 187/2009, de 10 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 159 de "Declaración anual de consumo de energía eléctrica".
(NA de 27-09-2024) en vigor desde 28-09-2024 - Artículo modificado (3 (primer párrafo)) por ORDEN FORAL 146/2017, de 18 de diciembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se modifica la Orden Foral 187/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 159 de Declaración anual de consumo de energía eléctrica .
(NA de 12-01-2018) en vigor desde 13-01-2018
