Articulo 3 modelo 171 -declaracion informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento-
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»Artículo 3. Obligados a presentar el modelo 171.
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Deberán presentar la declaración informativa anual de las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, modelo 171, las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio.
