Artículo 3 Modelo de pape...de Galicia

Artículo 3 Modelo de papeleta de conciliación ante el SMAC de Galicia

Ver Indice
»

Artículo 3. Documentación complementaria

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

- Documento acreditativo de la representación, en el caso de que la persona solicitante actúe por medio de representante.

- Anexo II, en aquellos casos en los que haya varios demandantes.

- Anexo III, en aquellos casos en los que haya varios demandados.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de estas personas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la subsanación. Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de forma motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de el.