Articulo 3 Modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRnR para los ejercicios iniciados a partir del 1 de Ene de 2014 de Bizkaia
Artículo 3.- Procedimiento para la presentación telemática de los modelos 200 y 220 .
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Copiloto jurídico
Uno. En el procedimiento para la presentación telemática de la autoliquidación correspondiente a los modelos 200 y 220, el declarante o presentador autorizado, en su caso, se conectará a través de Internet con la Oficina Virtual del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia (Servicio BizkaiBai) en la dirección Web http.//www. bizkaia.net/bizkaibai y procederá como sigue:
1º. Una vez en la pantalla de acceso deberá identificarse en el servicio BizkaiBai mediante Certificado Electrónico Reconocido admitido para las relaciones telemáticas entre los contribuyentes y el Departamento de Hacienda y Finanzas o mediante los datos de identificación (identificador de usuario, contraseña y la coordenada solicitada), correspondientes al declarante o presentador autorizado.
2º. Realizada la correcta identificación, le aparecerá el menú principal BizkaiBai, donde deberá pulsar en el icono «Sociedades 2014», o bien seleccionar en el menú «Declaraciones telemáticas Tributarias», la opción «Presentaciones».
3º. Seleccionará el fichero con la autoliquidación a transmitir que tendrá como nombre 8 posiciones correspondientes al NIF del declarante, y como extensión .200, para el modelo ordinario y .220 para los grupos fiscales.
4º. Transmitirá al Departamento de Hacienda y Finanzas el fichero seleccionado.
5º. De no detectarse errores en el fichero transmitido, se visualizará en pantalla un resumen de la autoliquidación enviada, pudiendo visualizar opcionalmente un borrador de la carátula en ella contenida.
6º. En caso de prestar su conformidad a la autoliquidación enviada, introducirá el pin de su Certificado Electrónico Reconocido o una nueva coordenada que le será solicitada por el sistema, según el procedimiento de identificación utilizado para acceder a Bizkaibai, efectuándose así la presentación formal de la autoliquidación.
7º. Si las características de la autoliquidación exigiesen el envío de cualquier tipo de documentación, aparecerá una pantalla donde se visualizarán el tipo de justificantes a enviar e información sobre la forma de realizar la entrega.
8º. En el supuesto de que la presentación fuese aceptada, el Departamento de Hacienda y Finanzas devolverá en pantalla el resumen definitivo de la autoliquidación presentada, pudiendo el usuario visualizar e imprimir la carátula oficial del modelo presentado, con la totalidad de la información contenida en el borrador que ha dado origen a la presentación, más la de control generada por el sistema, todo ello validado con un sello electrónico de 32 caracteres.
9º. Si de acuerdo con lo establecido en el apartado 7.º anterior se exigiese el envío de justificantes, el usuario deberá adjuntarlos de forma telemática a la autoliquidación, tal y como se detalla en el paso 10.º siguiente.
Asimismo, el declarante o presentador autorizado, en su caso, podrá acompañar de forma voluntaria a la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 200 y 220 otros documentos o justificantes.
10º. Para la presentación telemática de los justificantes, se deberán seguir las siguientes instrucciones:
1) Antes de realizar la presentación, deberá escanear en su ordenador los documentos a anexar.
2) El sistema sólo admitirá documentos en formato TIFF o en formato PDF. Si los documentos se han escaneado en formato Tiff es imprescindible procesarlos a través del programa ConversorTiff, el cual se puede descargar de forma gratuita en el Servicio BizkaiBai. Este programa generará un nuevo fichero con el formato adecuado para su envío y posterior procesamiento. Los documentos en formato PDF no necesitan ninguna conversión.
Los documentos a enviar deberán tener un tamaño igual o inferior a 8 MB. Si la información a adjuntar supera este límite, se deberá dividir y enviar por separado, respetando el límite señalado.
3) A continuación se realizará la presentación de la autoliquidación a través de BizkaiBai tal y como se ha detallado en los puntos anteriores.
4) Al final de la presentación se debe pulsar el icono «Enviar documentación» para anexar la documentación.
5) Mediante el botón examinar se seleccionará el PDF deseado o el fichero previamente generado con el programa ConversorTiff. A continuación transmitirá al Departamento de Hacienda y Finanzas el fichero seleccionado pulsando la opción Enviar .
6) Se podrá repetir el proceso varias veces hasta completar la lista de documentación deseada. Una vez hecho esto, se deberá pulsar «Enviar» para hacer efectiva la anexión.
Como medida adicional de seguridad se introducirá el pin del Certificado Electrónico Reconocido o una nueva coordenada que le será solicitada por el sistema, según el procedimiento de identificación utilizado para acceder a Bizkaibai, efectuándose así la presentación formal de la documentación anexa a la autoliquidación.
Dos. No obstante lo indicado en el apartado anterior referido a la transmisión de una única autoliquidación, los profesionales a que se refiere el artículo 7 de la presente Orden Foral, podrán generar ficheros para realizar presentaciones con múltiples autoliquidaciones, de acuerdo con los procedimientos técnicos que se establezcan.
