Articulo 3 Modelos 600, 610, 620 y 630 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
Artículo 3. Aprobación del modelo 620.
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1. Se aprueba el modelo 620. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisión de determinados medios de transporte usados; así como las instrucciones para su cumplimentación.
El modelo 620 y sus instrucciones de cumplimentación figuran en el anexo III de esta orden.
En todas las autoliquidaciones que se presenten deberá rellenarse con carácter obligatorio la casilla de valor declarado, en la que deberá consignarse el valor real del bien transmitido. Si dicho valor fuera inferior al que conste en el documento por el que se efectúa la transmisión, se tomará éste último como valor declarado.
2. Este modelo se utilizará para las autoliquidaciones que se practiquen por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados como consecuencia de la adquisición de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados.
3. El modelo 620 consta de cinco ejemplares: dos ejemplares para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, un ejemplar para otras Administraciones Públicas, un ejemplar para el interesado y un ejemplar para la entidad colaboradora.
