Articulo 3 Modificación 2017 de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales
Artículo tercero. Modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
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Con efectos a partir de 1 de enero de 2018, el artículo 162.1 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, quedará redactado del siguiente modo:
"1. El impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
Cuotas:
a) Turismos:
- De menos de 8 caballos fiscales: 20,02 euros.
- De 8 hasta 12 caballos fiscales: 56,30 euros.
- De más de 12 hasta 16 caballos fiscales: 120,09 euros.
- De más de 16 caballos fiscales: 150,17 euros.
b) Autobuses:
- De menos de 21 plazas: 140,10 euros.
- De 21 a 50 plazas: 200,18 euros.
- De más de 50 plazas: 250,23 euros.
c) Camiones:
- De menos de 1.000 kg de carga útil: 70,13 euros.
- De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 140,10 euros.
- De más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil: 200,18 euros.
- De más de 9.999 kg de carga útil: 250,23 euros.
d) Tractores:
- De menos de 16 caballos fiscales: 34,39 euros.
- De 16 a 25 caballos fiscales: 68,76 euros.
- De más de 25 caballos fiscales: 137,36 euros.
e) Remolques y semirremolques:
- De menos de 1.000 kg de carga útil: 35,10 euros.
- De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 70,13 euros.
- De más de 2.999 kg de carga útil: 140,10 euros.
f) Otros vehículos:
- Ciclomotores: 5,04 euros.
- Motocicletas hasta 125 cc: 7,57 euros.
- Motocicletas de más de 125 cc hasta 250 cc: 12,55 euros.
- Motocicletas de más de 250 cc hasta 500 cc: 24,74 euros.
- Motocicletas de más de 500 cc hasta 1.000 cc: 49,51 euros.
- Motocicletas de más de 1.000 cc: 99,01 euros."
