Articulo 3 Museos de La Mancha

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Artículo 3. Competencias de la Administración Regional.

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Corresponde a la Administración Regional velar por la protección y conservación de los bienes de valor cultural existentes en las instituciones museísticas radicadas en su ámbito territorial, sin perjuicio de la colaboración exigible a los organismos y entidades de carácter público o privado y de las competencias del Estado en los museos de titularidad estatal.