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Articulo 3 Normas para la elaboración del presupuesto 2019 Andalucía -Derogada-

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Artículo 3. Prioridades y criterios de presupuestación.

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1. El Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2019 se elaborará atendiendo prioritariamente a las actuaciones dirigidas a:

a) Favorecer un entorno de creación de empleo de calidad en condiciones de igualdad.

b) Contribuir al fortalecimiento del tejido empresarial, mediante el apoyo a la innovación, la internacionalización y la formación de capital humano.

c) Luchar contra el cambio climático y por la sostenibilidad medioambiental y la utilización eficiente de los recursos.

d) Garantizar una red eficiente de servicios públicos fundamentales de calidad y accesibilidad universal para la ciudadanía.

e) Desarrollar un sistema educativo público que permita un crecimiento potencial mediante el desarrollo personal, la igualdad de oportunidades, la excelencia y el desarrollo de actitudes innovadoras y emprendedoras.

f) Colaborar con Entidades Locales en la prestación de servicios y en el desarrollo de sus competencias.

g) Promover la movilización de los activos culturales, ambientales y turísticos de Andalucía como agentes de desarrollo económico y avance social.

h) Impulsar la inversión para mejorar la dotación de capital de Andalucía, optimizando su uso.

i) Contribuir a la reducción de los desequilibrios de género existentes con el fin de que mujeres y hombres puedan participar en pie de igualdad en todos los ámbitos de la vida.

2. En el marco de las orientaciones establecidas en el apartado anterior, la elaboración del Presupuesto atenderá, asimismo, a los siguientes criterios:

a) Intensificar la lucha contra el fraude fiscal, y el impulso de medidas de eficacia en la recaudación tributaria y mejora en la gestión de los ingresos.

b) Aportar información de cumplimiento de las exigencias derivadas de la normativa de estabilidad, en relación con los objetivos informados por el Consejo de Política Fiscal y Financiera y aprobados por el Congreso de los Diputados.

c) Precisar la definición de los objetivos de los diferentes programas presupuestarios y establecer indicadores presupuestarios apropiados para medir la consecución de aquellos.

d) Utilizar la evaluación como herramienta de optimización del uso de los recursos públicos y aplicar sus resultados en la planificación presupuestaria.

e) Desarrollar la información sobre recursos destinados a la inversión, incidiendo en la selección de proyectos con mayor rentabilidad social, vertebración territorial e impacto en el empleo, dentro de los Planes y Programas aprobados.

f) Cumplir los compromisos plurianuales de gastos, los derivados de la programación de los Fondos Comunitarios 2014-2020, así como los que resulten de las transferencias de carácter finalista.

g) Incorporar, desde una perspectiva integral, el enfoque de género en la definición de los programas y la documentación presupuestaria, tanto de las secciones como de las entidades instrumentales, tomando en consideración las recomendaciones derivadas de las auditorías de género.