Articulo 3 Normas para facilitar a los empleados públicos al servicio de la Administración el ejercicio de sus deberes y derechos en las elecciones del 9 de junio
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Los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria que resulten nombrados presidente o vocal de las Mesas electorales y los que acrediten su condición de interventores o apoderados tienen derecho a permiso retribuido de jornada completa el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y el día inmediatamente posterior al día de la votación.
