Artículo 3. O. INT/650/2026, de 23 de junio, Regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales
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»Artículo 3. Importe íntegro.
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El derecho a la dieta lo será en su importe íntegro, con independencia del tiempo de la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo.
