Articulo 3 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
Ver Indice
»Artículo 3. Beneficiarios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las personas físicas y las entidades en las que concurran los requisitos establecidos para cada tipo de subvención y, en el caso de las de concesión en régimen de concurrencia competitiva, resulten seleccionados de acuerdo con los criterios de valoración determinados.
