Articulo 3 ORDENPAT/416/2007,de6demarzo,porlaqueseregulaelprocedimientoparalapresentaciontelematicadesolicitudesdesubvencionesaEntidadesLocalesparalamodernizacionadministrativayseapruebalaaplicacionqueefectuaeltratamientodelainformacion.
Artículo 3.- Procedimiento.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.- Para tramitar telemáticamente la presentación de solicitudes de subvenciones se deberán seguir las siguientes fases.
a) Acceso y apertura del formulario.
b) Cumplimentación del formulario.
c) Envío del formulario.
d) Visualización del formulario y anexado de documentos.
e) Firma electrónica y registro de documentos.
f) Recepción del recibo de confirmación.
2.- Los interesados podrán acceder a la presentación telemática de solicitudes de subvención desde la dirección Web http://www.jcyl.es.
3.- Los usuarios cumplimentarán el formulario de solicitud que corresponda y aportará los datos exigidos por la aplicación.
4.- La aplicación permitirá anexar al formulario la documentación que se consideré oportuna, con los límites y recomendaciones técnicas que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.
5. Una vez anexados los documentos necesarios, se realizará el proceso de firma y registrotelemático de la documentación.
6.- El registro emitirá, por el mismo medio, un mensaje de confirmación de la presentación de documentos, firmado electrónicamente por la Administración. La no recepción del mensaje o, en su caso, la recepción de un mensaje de indicación de error o deficiencia de la transmisión implica que no se ha producido la recepción, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios.
7.- Recibida la solicitud, la plataforma de Administración Electrónica de la Junta de Castilla y León procederá a dar traslado de la misma al órgano competente para su resolución.

