Articulo 3 Permisos al pe...elecciones

Articulo 3 Permisos al personal al servicio de la Administración con motivo de las elecciones

Ver Indice
»

Tercero.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las personas al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón nombrados miembro de las Mesas Electorales y quienes acrediten su condición de interventoras o interventores tienen derecho durante el día de la votación a un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.

Las personas comprendidas en el párrafo anterior, que disfruten el día de la votación del descanso semanal, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.