Articulo 3 personales Pró...e la COVID

Articulo 3 personales Prórroga Oct y modificación de medidas para la contención de la COVID

Ver Indice
»

-3 Desplazamientos personales

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de las restricciones a la movilidad establecidas por esta Resolución y por la Resolución SLT/2620/2020, de 25 de octubre, o, en su caso, resolución que la prorrogue, se recomienda que los desplazamientos fuera del domicilio se limiten en la medida de lo posible, así como la circulación por las vías de uso público, respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades competentes.

En todo caso, además de las medidas esenciales de distanciamiento, higiene y protección a través de mascarilla, se recomienda que se adopte una estrategia de desplazamientos basada en las "burbujas de convivencia" o la "burbuja ampliada", lo cual favorece una sociabilidad y un apoyo adaptados al momento epidémico actual.

El concepto de burbuja hace referencia a un grupo de personas que se relacionan entre sí generando un espacio de confianza y seguridad.

La "burbuja de convivencia" hace referencia al grupo de personas que conviven bajo el mismo techo. Puede incluir también personas cuidadoras y/o de apoyo imprescindibles para prevenir consecuencias negativas del aislamiento social. El grupo tiene que ser tan estable como sea posible. Los contactos fuera de la "burbuja de convivencia" se tienen que limitar, tanto como sea posible, a las personas que integran la "burbuja ampliada" a que hace referencia el párrafo siguiente.

La "burbuja ampliada" hace referencia al grupo de personas de la "burbuja de convivencia" más otro grupo u otros grupos acotados de personas, siempre las mismas, y con las que se puede relacionar la "burbuja de convivencia" con diferentes finalidades (relaciones familiares, laborales, escolares, recreativas). El grupo tiene que ser tan estable como sea posible.