Articulo 3 pesca con arte...diterráneo

Articulo 3 pesca con artes de cerco en el caladero Mediterráneo

Ver Indice
»

Artículo 3. Cambios temporales de modalidad.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los cambios temporales de modalidad se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.

Modificaciones