Articulo 3 Políticas integrales de juventud
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Artículo 3. Principios rectores y directrices de las políticas de juventud

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Las políticas de juventud se regirán por los siguientes principios y directrices

1. Se diseñarán integralmente para que se ocupen de todos los ámbitos vitales y sociales de la juventud, así como transversalmente, es decir, desde todos los departamentos de las administraciones públicas.

2. Estarán arraigadas en el territorio y se basarán en el principio de proximidad, para garantizar un mayor y mejor servicio directo a las personas jóvenes. Además, tendrán en cuenta las diferentes realidades territoriales y prestarán una atención especial a las especificidades del ámbito rural.

3. Se diseñarán coordinadamente entre las administraciones y con la sociedad civil, para responder a los principios de integridad, transversalidad, proximidad, universalidad e igualdad.

4. Se esbozarán y se ejecutarán desde una perspectiva intergeneracional, no adultocentrista, y como un proceso continuo con las políticas de infancia y adolescencia, que facilite el empoderamiento de las personas jóvenes como agentes principales de la sociedad valenciana.

5. Se fundamentarán en la igualdad real entre mujeres y hombres, con perspectiva de género, y en la promoción de la diversidad como un valor por sí mismo.

6. Tendrán carácter universal, desde una perspectiva de equidad, para garantizar la igualdad de oportunidades y combatir las desigualdades sociales, estructurales y coyunturales, mediante la promoción de las habilidades para la vida, la apuesta por el ocio educativo y la educación no formal, como instrumento fundamental para la inclusión social.

7. Se perfilarán y desarrollarán desde la participación directa y con la corresponsabilidad de las personas jóvenes, a través de las entidades y del tejido asociativo juvenil. Las administraciones públicas reconocerán al Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana como interlocutor directo de la Generalitat en materia de juventud, creando vías de interlocución entre las administraciones públicas y la juventud no asociada.

8. Se fundamentarán en la transparencia, la evaluación y la democratización de la información.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 02-12-2017