Articulo 3 Precio Público a abonar por el uso de espacios habilitados en edificios administrativos
Artículo 3. Cuantía del precio público.
1. El precio público se exigirá de acuerdo con la cuantía por día, IVA incluido, teniendo en consideración los días de uso solicitados, los metros cuadrados utilizados y la contribución por superficie de zonas comunes (20 %), referidos a un nivel básico de utilización, bajo la siguiente fórmula:
Precio público= 0,24 € x días solicitados x m2 objeto de cesión x 1,20
2. Se entiende como nivel básico de utilización, el empleo del inmueble de acuerdo con el equipamiento ordinario/propio con el que cuenta el mismo y en horario de lunes a viernes de 9 a 22 horas. En consecuencia, se incrementará la cuantía de este precio público en un 16 % para aquellas solicitudes que requieran la asociación de un mayor nivel de recursos o se pretendan desarrollar fuera de este horario establecido.