Articulo 3 Prestaciones sociales de carácter económico de Cataluña
Ver Indice
»Artículo 3. Financiación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las prestaciones sociales de carácter económico se financian íntegramente con cargo a los presupuestos de la Generalidad, salvo las prestaciones de urgencia social, que se financian de acuerdo con lo establecido por el artículo 30.
