Articulo 3 Procedimiento ...s sociales

Articulo 3 Procedimiento de comunicación de celebración de bingos sociales

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Tercero. Requisitos

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Las personas o entidades comunicantes de la celebración de un bingo social deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Organizadores:

- Residencias de la tercera edad.

- Centros de día.

- Asociaciones culturales o deportivas legalmente inscritas.

b) Número de sesiones: no podrá superarse el número de 4 sesiones en un mes.

c) Cantidades jugadas: las cantidades jugadas, es decir, la recaudación por la venta de tarjetas de bingo no podrán superar los 300 euros por sesión.

d) Premios: los premios otorgados no podrán superar los 300 euros por sesión. Podrán ser en metálico o en especie.

e) Desarrollo del juego: el juego debe desarrollarse a través de medios manuales o mecánicos sin que, en ningún caso, intervengan aplicaciones informáticas o programas de software.

f) Lugar de celebración:

- Residencia de la tercera edad.

- Centro de día.

- Local que figure como domicilio social de la correspondiente asociación.

g) Menores: durante el desarrollo de la sesión, en ningún caso podrán estar presentes en la sala menores de edad.