Articulo 3 Procedimiento de concesión de autorizaciones con carácter extraordinario para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas, singulares, excepcionales o no reglamentadas
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»Artículo 3. Exclusiones.
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1. Se excluyen del ámbito de aplicación del presente decreto las actividades recogidas en el artículo 5.2 de la Ley 7/2019, de 5 de abril.
2. Se excluye igualmente la posibilidad de autorizar usos distintos a los previamente fijados en la licencia municipal de las instalaciones o estructuras eventuales, desmontables o portátiles destinadas a determinados espectáculos públicos, actividades recreativas o espectáculos públicos y actividades recreativas deportivas reguladas en el artículo 28 de la Ley 7/2019, de 5 de abril.
3. Quedan igualmente excluidos los denominados "conciertos de pequeño formato", espectáculos definidos en la normativa reguladora del catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas.
