Articulo 3 procedimiento para ingreso, por turno libre, en diferentes categorías de los Cuerpos de Policía del País Vasco
Tercera. Presentación de solicitudes.
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3.1.- Presentación y plazo.
Las solicitudes, para tomar parte en el procedimiento de selección, se cumplimentarán en el modelo oficial y normalizado que se encontrará disponible en la página web de la Academia Vasca de Policía y Emergencias www.arkauteakademia.eus
En la solicitud se hará constar la lengua, euskera o castellano, en la que deseen realizar los ejercicios de la oposición.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
La participación en el procedimiento de selección es voluntaria, e implicará que, en la solicitud por parte de cada persona aspirante, se prestará consentimiento expreso e inequívoco para realizar pruebas y ejercicios psicotécnicos, aceptando que el resultado de esas pruebas sea utilizado como un factor más de valoración, de conformidad con lo previsto en las bases.
Los datos aportados por las personas participantes se utilizarán, con carácter único y exclusivo, para los fines previstos en el procedimiento selectivo. Toda la información facilitada en las solicitudes será incluida en un fichero cuyo uso se limitará a la gestión del procedimiento selectivo y a la gestión de las posibles listas de contratación temporal que se deriven del mismo.
El tratamiento de los datos, la cesión a terceros, así como los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE n.º 294, de 6 de diciembre de 2018).
El uso y funcionamiento de este fichero se ajustará a las previsiones de la citada Ley Orgánica y de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y de creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
El responsable de este fichero es la Dirección General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias y los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación se ejercerán ante el Director General del mencionado Organismo Autónomo Ctra. N-104, Km. 356 01192 Arkaute (Alava).
Quienes presenten solicitudes de participación en el procedimiento selectivo consienten que sus datos de carácter personal sean tratados en la forma y al objeto señalado en estas bases.
Con la finalidad de proceder a la comprobación de la adecuación de las personas interesadas al cuadro de exclusiones médicas prevista en la convocatoria, dicho fichero podrá ser tratado y cedido en los términos legalmente previstos.
Los datos correspondientes a las personas no seleccionadas, una vez finalizado el procedimiento selectivo, serán eliminados.
3.2.- Abono de Tasa.
A los efectos de cumplimiento del requisito previsto en la Base segunda 1.m) de esta convocatoria y dentro del plazo de solicitudes, se deberá abonar el importe de 15,64 euros en concepto de tasa por recepción y examen de la solicitud. El pago se podrá realizar en cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades: - Kutxabank (BBK, Vital, Kutxa Gipuzkoa), Laboral Kutxa, La Caixa, Banco Santander, BBVA, Sabadell/Guipuzcoano, Bankia, Bankoa e Iparkutxa.
3.2.1.- Pago de la tasa.
Para materializar el pago de la tasa existen dos posibilidades:
a) Pago off-line: en este caso se deberá acudir a cualquier punto de la red de oficinas de las entidades financieras colaboradoras reseñadas y presentar el acuse de recibo o los datos consignados en él, que habrán sido facilitados por el sistema. Dado que los acuses de recibo incluyen código de barras, el abono puede efectuarse a través de cajero automático con lectura óptica o captura de datos manual.
b) Pago on-line: se podrá realizar el pago mediante el sistema de banca electrónica.
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes, así como el error en la cantidad abonada, supondrá la exclusión del procedimiento por incumplimiento del requisito de la Base 2.1.m) de esta convocatoria. En ningún caso la presentación y pago de la tasa podrá sustituir el trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, de acuerdo a lo expresado en el punto 1 de la Base Tercera.
