Articulo 3 Procedimientos...protegidas

Articulo 3 Procedimientos administrativos asociados a la disposición de viviendas protegidas

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Artículo 3. Competencia para la tramitación y resolución.

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1. Los procedimientos administrativos regulados en el presente decreto se tramitarán de conformidad con las disposiciones contenidas en el mismo, y en lo no previsto en este por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La instrucción de los procedimientos administrativos corresponderá al Servicio competente en materia de gestión de ayudas dependiente del órgano directivo con competencia en materia de vivienda; correspondiendo al titular de dicho órgano directivo la resolución del procedimiento.