Articulo 3 Proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas
- Norma derogada desde el 9 de marzo de 2024. - Decreto 19/2024 de 22 de Feb C.A. P. Vasco (Normalización del uso del euskera en el Sector Público)
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»Artículo 3.
Derogado
La normativa a que se refiere el artículo 2 será de aplicación en el ámbito del personal al servicio del Parlamento Vasco y del Ararteko en los términos que acuerde la Mesa de la Cámara.

