Articulo 3 de Programa de...AS del SUG

Articulo 3 de Programa de autoformación para el personal al servicio de la Administración pública, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional, de la Administración de justicia, de las entidades locales y de PAS del SUG

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Tercera. Solicitudes de participación

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1. El plazo de presentación de solicitudes de participación en las pruebas de evaluación será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 22 de julio de 2024.

2. Las solicitudes de participación en las pruebas de evaluación solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección https://egap.xunta.gal/matricula desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. El número máximo de pruebas de evaluación de las actividades del programa de autoformación que se pueden solicitar durante el plazo de presentación de solicitudes se limita a cuatro.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las pruebas de evaluación de las actividades del programa de autoformación solicitadas y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud o no tengan cumplimentados correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección.

6. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

7. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) de acuerdo con los criterios de selección pueden remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria a la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.gal, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación debe enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación debe presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

8. Cuando en alguna de las pruebas de evaluación de las actividades del programa de autoformación no haya un número suficiente de solicitantes que cumplan los requisitos, la EGAP podrá abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes en su página web.

9. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 62 54 y 981 54 63 35 o en la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.gal en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas).