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Articulo 3 programa se publica el Plan anual de formación para el año 2026 del Instituto Aragonés de Administración Pública

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Tercero.- Programa de formación de gestión directa por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

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1. El programa de formación gestionado directamente por el Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2026 (anexo I) está destinado al personal que se especifica en el apartado segundo, así como al personal que, perteneciendo a otros ámbitos, a otras administraciones públicas o a instituciones y organizaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, se incluya específicamente en la convocatoria, en atención a las competencias de cada entidad y a las materias y contenidos de las actividades de formación.

2. Las actividades formativas se encuadrarán como formación general o en las áreas funcionales o sectoriales correspondientes.

3. Este Programa se articula en torno a dos líneas de actuación en función del tipo de destinatarios: desarrollo profesional continuo, y formación inicial para personal de nuevo ingreso.

a) Dentro de la línea de desarrollo profesional continuo, se contempla la realización de acciones formativas:

- De carácter voluntario sobre materias transversales tendentes a la promoción y desarrollo profesional y personal.

- De carácter obligatorio sobre materias sectoriales tendentes a la actualización profesional y a la mejora del desempeño del puesto de trabajo, a solicitud de los Departamentos y Organismos Públicos en relación con sus competencias.

- Formación para el desempeño de la prestación de servicios en régimen de teletrabajo dirigida a este personal y a las personas responsables de la supervisión.

b) Dentro de la formación para personal funcionario y laboral de nuevo ingreso, se contemplarán contenidos de carácter transversal relativos a la estructura de

la organización, la gestión y dirección pública, habilidades, administración electrónica, aplicaciones corporativas y en aquellas materias específicas, según clases de especialidad y categorías, necesarias para el desempeño de las funciones y tareas asociadas al puesto de trabajo.

4. El Instituto Aragonés de Administración Pública en el desarrollo de su programa de formación, podrá promover la creación de contenidos de teleformación y autoformación para las plataformas de aprendizaje o distribución web, así como la elaboración y publicación de estudios, artículos o crónicas sobre Administración Pública que permitan su difusión para conocimiento general por el personal.

5. Las actividades formativas del anexo V se organizan por el Instituto Aragonés de Administración Pública en colaboración con las Direcciones Generales de Interior y Emergencias, y de Administración Local.

6. Se faculta a la dirección del Instituto Aragonés de Administración Publica a determinar el área funcional o sectorial de cada actividad, a establecer el sistema de solicitud y selección para la participación en cada una de las actividades formativas.