Articulo 3 Protocolo de i...autonómico

Articulo 3 Protocolo de identificación y firma electrónicas de la Administracion general y del sector público autonómico

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Artículo 3. Política de firma electrónica y de certificados

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1. La Administración general y el sector público autonómico de Galicia deberán adoptar una política de firma electrónica y de certificados, armonizada con lo establecido en el Esquema nacional de interoperabilidad y sus normas de desarrollo, según lo establecido en el artículo 18 del Real decreto 4/2010, por el que se regula el Esquema nacional de interoperabilidad.

2. La política de firma electrónica y de certificados deberá concretar los procesos de generación, validación y conservación de firmas electrónicas.

3. La política de firma electrónica y de certificados se aprobará por resolución de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia y deberá estar publicada en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estará permanentemente actualizada.