Articulo 3 protocolos Acu...xtremadura

Articulo 3 protocolos Acuerdo de 22 de julio de 2020 de medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura

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Tercero. Planes, protocolos y guías.

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1. Las medidas previstas en este Acuerdo o, en su caso, las que se adoptaren en su desarrollo, podrán ser completadas con planes, protocolos o guías relativas a cada sector de actividad aprobados por la autoridad competente.

2. Deberán ser objeto de difusión a través de los medios telemáticos o de los diarios o boletines oficiales correspondientes para garantizar su conocimiento público.

3. Lo dispuesto en el apartado precedente se entiende sin perjuicio de los protocolos determinados por los colegios profesionales o acordados en el ámbito de la actividad profesional, las medidas establecidas por los servicios de prevención y cuantas otras medidas de prevención se hubieren adoptado en los sectores de actividad correspondiente que, en todo caso, deberán observar como mínimo lo establecido en las normas correspondientes, en el presente acuerdo, en las resoluciones que se adoptaren de forma complementaria o adicional al mismo y en los planes, protocolos o guías aprobados por las autoridades competentes.