Articulo 3 de Prueba de aptitud necesaria para la constitución de una relación de candidatos autonómica propia para la provisión, con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local
Tercero. Requisitos de las personas aspirantes.
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Las personas aspirantes a participar en la prueba de aptitud y ser incluidos en la relación de candidatos propia del Gobierno de Cantabria, deberán reunir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, manteniendo durante todo el tiempo que estén incluidos en las mismas, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
b) Edad: Tener un mínimo de 16 años de edad y no tener la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Titulación: Los candidatos deberán estar en posesión, o estar en condiciones de obtener, la titulación académica exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1 de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y artículo 18, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente homologación del título.
d) Habilitación: No haber sido separado/a del servicio mediante resolución firme de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial cuando se trate de acceder a la escala de personal funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.
e) Capacidad funcional: Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones.
f) Incompatibilidades: No encontrarse incurso en causas de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
