Articulo 3 Rectificación ...s personas

Articulo 3 Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas

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Artículo 3. Autoridad competente.

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La competencia para conocer de las solicitudes de rectificación registral de la mención del sexo corresponderá al Encargado del Registro Civil del domicilio del solicitante.