Articulo 3 Reforma de la LO. 1/2007, para la supresión del aforamiento de los Diputados y las Diputadas del Parlamento y de los miembros del Gobierno
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El artículo 57.5 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, quedará redactado de la forma siguiente:
«57.5 La responsabilidad penal y civil de los miembros del Gobierno será exigible en los mismos términos que se establezcan para los diputados y las diputadas del Parlamento de las Illes Balears.»
