Articulo 3 Régimen concesional del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia y Registro de Empresas radiodifusoras
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»Artículo 3. Órgano competente para resolver.
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1. El Gobierno de Aragón será el órgano competente para otorgar las concesiones de los servicios públicos de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, para su gestión indirecta, a ubicar en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en este Decreto y demás legislación aplicable.
2. La concesión se ajustará a la frecuencia, ubicación, potencia y demás requisitos técnicos previstos en los correspondientes planes técnicos.
